Reconocimiento de créditos por Actividades Universitarias
La Comisión de Garantía de la Calidad de la EUPLA, con el ánimo de promover y fomentar las diferentes actividades universitarias que se vienen realizando y organizando por los distintos departamentos de esta Escuela Universitaria, al mismo tiempo en que se aplica el Reglamento de Reconocimiento y Transferencia de Créditos aprobado por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Zaragoza de fecha 27 de junio de 2018, en sesión de fecha 19 de diciembre de 2019 acuerda lo siguiente:
1.- Se reconocerán créditos optativos asociados a las actividades propias que se realicen en la EUPLA, siguiendo los criterios del Reglamento de Reconocimiento y Transferencia de Créditos de la Universidad de Zaragoza.
2.- Como norma general, se consideran como actividades susceptibles de reconocimiento de créditos aquellas que se realicen fuera del horario habitual de clase.
3.- Las actividades podrán tener formato de:
Visitas Técnicas (duración efectiva de la visita).
Cursos específicos.
Charlas.
Seminarios.
Jornadas.
Girls'Day
Etc.
4.- El número máximo de créditos optativos a reconocer a lo largo de los estudios de Grado para cualquier tipo de actividad universitaria será de 6 ECTS. Incluyendo, tanto las actividades contempladas en el propio Reglamento de Reconocimiento y Transferencia de Créditos, como las actividades reconocidas por la Comisión de Garantía de la Calidad.
5.- El número de créditos a reconocer se realizará en función a la siguiente tabla:
6.- El profesor/a o persona responsable de la actividad controlará en un documento que se facilitará desde la Secretaria del centro, como mínimo, los siguientes términos:
Nombre y fecha de la actividad.
Nombre de responsable de la actividad.
Nombre e identidad de estudiante.
Número de horas empleadas para la realización completa de la actividad.
Firma de estudiante al inicio y final de la actividad.
Una vez finalizada la actividad, dicho documento será entregado en la Secretaría para su tramitación.
7.- En Secretaría se reflejará en el expediente de cada estudiante las actividades realizadas, con indicación del nombre de la actividad cursada, fecha y número de horas.
8.- Las actividades universitarias de esta tipología que se cursen por parte del alumnado, son acumulativas. El reconocimiento se podrá solicitar en el momento en que la persona estudiante se matricule en su último año de carrera, en los plazos oficialmente establecidos para el reconocimiento de créditos.
9.- Los créditos que se reconozcan, se incorporarán al expediente de quien estudia con la calificación de APTO, tras el pago de la tasa establecida en el Decreto de precios públicos del Gobierno de Aragón aprobado para el curso correspondiente.
10.- Al estudiantado procedente de un Programa de Intercambio se aplicará exclusivamente el acuerdo de estudios suscrito entre universidades (Learning Agreement).
11.- Cualquier otro tipo de actividades que no se contemple en este documento, requerirá la aprobación previa de la Comisión de Garantía de la Calidad de la EUPLA.
12.- El reconocimiento de créditos optativos por este tipo de actividades, entrará en vigor a partir del curso académico 2019-2020.