Reconocimiento de créditos
Se entiende por «reconocimiento de créditos» la aceptación por una universidad de los créditos que, habiendo sido obtenidos en unas enseñanzas oficiales, en la misma u otra universidad, son computados en otras distintas a efectos de la obtención de un título oficial.
El reconocimiento se realizará teniendo en cuenta la adecuación entre los conocimientos y competencias adquiridos, bien en otras materias o asignaturas o en enseñanzas cursadas por la persona interesada o bien asociados a una previa experiencia profesional y los que estuvieran previstos en el plan de estudios.
En la Comisión de Garantía de la Calidad de la EUPLA de fecha 27 de febrero de 2013, se resolvió lo siguiente: “Entre Universidades Españolas con Titulaciones Oficiales, existirá una relación de al menos un 80% de similitud entre las asignaturas universitarias de origen con las que desee convalidar el alumno, aportando este una certificación oficial de la asignatura cursada, donde constará carga lectiva de cada asignatura, número de créditos, curso de aprobación, etc., así como el programa oficial de la asignatura de origen indicando el curso en que se superó y sellado por la Secretaría del Centro de procedencia. La suma del número total de créditos de las asignaturas origen de la convalidación será igual o superior al de la asignatura a convalidar”.
En esta página web tienes más información sobre el Reconocimiento y Transferencia de créditos (Normativa, Reglamentos, etc.).
a) Reconocimiento de créditos por Estudios Universitarios
Plazo de solicitud:
- Del 2 al 15 de septiembre de 2024.
- Del 20 al 27 de enero de 2025 (solo para asignaturas del segundo semestre).
Se podrá solicitar reconocimiento de créditos por actividades universitarias fuera de estos plazos siempre y cuando la persona solicitante esté en situación de finalizar sus estudios en el curso académico para el que se solicita, y dentro del periodo lectivo.
b) Reconocimiento de créditos desde Ciclos Formativos de Grado Superior
Plazo de solicitud:
- Del 2 al 15 de septiembre de 2024.
- Del 20 al 27 de enero de 2025 (solo para asignaturas del segundo semestre).
- Convenio de colaboración con la Comunidad Autónoma de Aragón para el desarrollo de actuaciones conjuntas dirigidas al análisis e identificación de correspondencias para el reconocimiento de créditos y sus respectivas adendas.
- Convalidaciones de Ciclos y Grados
- Impreso de solicitud
c) Reconocimiento de créditos por actividades universitarias
Plazo de solicitud:
- Del 2 al 15 de septiembre de 2024.
- Del 20 al 27 de enero de 2025.
La Comisión de Garantía de la Calidad de la EUPLA, con el ánimo de promover y fomentar las diferentes actividades universitarias que se vienen realizando y organizando por los diferentes departamentos de esta Escuela Universitaria, al mismo tiempo en que se aplica el Reglamento de Reconocimiento y Transferencia de Créditos de la Universidad de Zaragoza, en sesión de fecha 19 de diciembre de 2019 acuerda lo siguiente: (seguir leyendo)
Actividades Universitarias culturales y complementarias propuestas por centros, departamentos, institutos y cátedras.
En esta página encontrarás más información sobre el reconocimiento de créditos por actividades universitarias de la Universidad de Zaragoza.
d) Reconocimiento de créditos por experiencia laboral o profesional
Plazo de solicitud:
- Del 2 al 15 de septiembre de 2024.
- Del 20 al 27 de enero de 2025 (solo para asignaturas del segundo semestre).
e) Reconocimiento de créditos por Prácticas en Empresas
Plazo de solicitud curso 2024-2025
- Primera convocatoria: del 21 de abril al 16 de mayo de 2025.
- Segunda convocatoria: hasta el 5 de septiembre de 2025.
Grado en Ingeniería de Datos (alumnos formato DUAL)
- Primera convocatoria asignatura 1º semestre: hasta el 21 de enero de 2025.
- Primera convocatoria asignatura 2º semestre: del 21 de abril al 16 de mayo de 2025.
- Segunda convocatoria: hasta el 5 de septiembre de 2025.
Entrega de documentación en https://regtel.unizar.es/
- Normativa y procedimiento
- Impreso de solicitud
- Memoria sobre las prácticas realizadas (modelo F)
- Certificado modelo
f) Reconocimiento del Nivel de competencia en lenguas modernas. Inglés Nivel B1
El conjunto de estudiantes que cursen títulos de Grado en la EU Politécnica de La Almunia deberán acreditar un nivel B1 de idioma inglés de acuerdo al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas.
A estos efectos, la acreditación de nivel de lengua extranjera se puede conseguir por los siguientes medios:
1) Superando pruebas de nivel
Si quien estudia no posee ninguna certificación que le acredite el nivel B1 podrá presentarse directamente al examen que convoque el Centro Universitario de Lenguas Modernas (CULM), realizando previamente la matrícula de la asignatura en la EUPLA en los plazos oficiales.
2) Certificados y titulaciones de nivel
Acreditar el nivel B1 del idioma de inglés obtenido por otras administraciones y organismos acreditados.
Plazo de solicitud: durante todo el curso académico dentro del periodo lectivo
3) Cursando y superando asignaturas en EUPLA
Plazo de solicitud: durante todo el curso académico dentro del periodo lectivo.
Entrega de documentación
Entrega de documentación del nivel de competencia en lenguas modernas en https://regtel.unizar.es/
g) Estudios de reconocimiento de créditos para las enseñanzas de Grado
El alumnado con otros estudios universitarios comenzados o finalizados en esta u otra universidad, quienes hayan cursado Ciclos Formativos de Grado Superior, un título propio relacionado o puedan acreditar experiencia laboral relacionada con el grado que quieren cursar, podrán solicitar un informe previo de reconocimiento de créditos, con el fin de conocer qué asignaturas no tendrán que volver a cursar.
Documentación requerida:
Certificado académico oficial.
Plan de estudios sellado por la Secretaría del centro.
Programa académico de las asignaturas cursadas.
Documentación para el reconocimiento por experiencia profesional:
Certificado de vida laboral.
Currículum vitae.
Memoria/Informe sobre las actividades realizadas.
Aquella documentación necesaria que pueda acreditar la experiencia laboral.
Las certificaciones y los documentos oficiales expedidos en el extranjero deberán ser presentados legalizados por vía diplomática o, en su caso, mediante la apostilla del Convenio de la Haya [este requisito no se exigirá a los documentos expedidos por las autoridades de los Estados miembros de la UE o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo]. Los documentos deberán ir acompañados, en su caso, de la correspondiente traducción oficial al castellano [excepto si están en idioma inglés].